
Preguntas frecuentes
Es un mecanismo alterno a la inspección, a través del cual los centros de trabajo declaran, de manera voluntaria y por medio de una plataforma, su cumplimiento de la normativa laboral con respecto a tres materias:
- Condiciones Generales de Trabajo
- Seguridad y Salud en el Trabajo
- Capacitación, Adiestramiento y Productividad
Para la materia de Condiciones Generales de Trabajo, podrán participar todos los centros de trabajo de las ramas federales, de acuerdo con lo determinado en el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo. Puedes revisar si tu centro corresponde a ese supuesto en la siguiente liga: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf#page=157
En la materia de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el Programa se aceptarán únicamente a los centros de trabajo cuyas actividades se encuentren catalogadas con clases de riesgo I y II, de conformidad con el Catálogo de Actividades para la Clasificación de las Empresas en el Seguro de Riesgos de Trabajo incluido en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. Asimismo, deberán ser centros de trabajo con menos de 75 personas trabajadoras y tener tasas de accidentabilidad menores a las tasas de accidentabilidad de su sector y nivel de riesgo correspondiente con la media nacional.
Por lo que toca a la materia de Capacitación, Adiestramiento y Productividad, podrán incorporarse al Programa todos los centros de trabajo que se encuentren establecidos en la República Mexicana.
En el formato del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Los centros de trabajo inscritos en el Programa no recibirán visitas de inspección ordinarias durante un año, en las materias a las que estén incorporados, salvo en casos de accidentes y/o denuncias.
- Para las personas físicas: nombre completo del patrón, E. Firma, Registro Federal de Contribuyentes (RFC), Clave Única de Registro de Población (CURP), identificación oficial (credencial para votar), dirección, teléfono y correo electrónico.
- Para las personas morales: nombre completo del representante legal y del encargado por cada centro de trabajo, en su caso, dirección y comprobante, número del acta constitutiva, clasificación en el Catálogo de Clasificación de Empresas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), alta patronal ante el IMSS, clasificación en el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN), áreas integrantes del centro de trabajo, número de personas trabajadoras, teléfono y correo electrónico de la empresa.
Para más detalles oprima el siguiente botón Requisitos
No, primero deberá acreditar la materia de Condiciones Generales de Trabajo.
Se deben responder a los cuestionarios de la materia Salud y Seguridad en el Trabajo y Capacitación, Adiestramiento y Productividad, según sea el caso, e incorporar la documentación solicitada en la plataforma, no será necesario realizar de nuevo el registro de información del centro de trabajo, debido a que ese procedimiento se efectuó inicialmente.
Los trámites son totalmente gratuitos.
No se podrán modificar los datos proporcionados para el alta de usuario. Sin embargo, en el caso de los cuestionarios para cada una de las tres materias, se podrán guardar y modificar las respuestas hasta que no se haya dado clic en el botón Enviar. Una vez concluidos los cuestionarios y enviada la declaración por parte del centro de trabajo no se permitirán modificaciones a los mismos.
Para obtener el PASST es obligatorio haber acreditado previamente la materia de CGT del Velavo. Una vez recibida la acreditación, podrá continuar aquí .
Los centros de trabajo que ya cuenten con un reconocimiento de cualquier nivel en el PASST, y que estén interesados en cambiar de nivel, deberán obtener el aviso de inscripción procedente en la materia Condiciones Generales de Trabajo del Velavo.